Descripción
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Adhesivo en rollo "Prohibido fumar"
- Etiquetas no fumadores económicas en papel brillante autoadhesivo.
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Características
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AdhesivoSíCapacidad de reflexiónNoDim.al. 76 x an. 76 mmFijaciónAutoadhesivoFluorescenteNoFormatoCuadradoISO 7010NoLaminadoNoMagnéticoNoMaterialPapelPresentaciónRollo de 250Resistente al aguaNoResistente a los aceitesNoResistente a los productos químicosNoResistente a los rayos U.V.NoResistente a los solventesNoTexto / SímboloSímboloTipoNo fumadoresTipo de panelProhibiciónVersiónAutoadhesivoZona de usoInterior
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Documentación
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Ley 42/2010, de 30 de diciembre de 2010 es una ley que entró en vigor el 2 de enero de 2011, como modificación de la ley anterior, ley antitabaco de 2006. Sus medidas más importantes son la extensión de la prohibición de fumar a cualquier tipo espacio de uso colectivo, local abierto al público, que no esté al aire libre, con algunas excepciones, además de prohibirlo también en algunos lugares abiertos, limitando lo que se entiende por espacio cubierto.
Según la nueva ley: fumar donde está prohibido se considerá una falta leve. Si se hace de forma aislada, la multa será de 30 euros. La acumulación de tres infracciones leves se considerará una falta grave. También se considerará falta grave por parte del titular de un establecimiento el habilitar zonas para fumar donde no esté permitida su habilitación así como permitir fumar en los lugares en los que existe prohibición de hacerlo.
Las faltas graves serán sancionadas con multa desde 601 euros hasta 10 000 euros, y las muy graves, desde 10.001 euros hasta 600 000 euros. Ayuda
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