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Cenicero apagador con forma de bolardo

Perfecto para las zonas con un volumen de visitas alto.

  • Resistente, no se oxida, no se agrieta.
  • Receptáculo interno con efecto apagador.
  • Incluye un cubo para fijar la bolsa.
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Ref.
CPS BAK001
Presentación
159,72 € 132,00 €
  • Cenicero con forma de bolardo.
  • Receptáculo interno de acero galvanizado con efecto apagador.
  • Gran capacidad: Vaciado menos frecuente.
  • Muy estable, base lastrable.
  • Consulta aquí las Bolsas para cenicero apagador CFSO para este cenicero.
La Ley 42/2010, de 30 de diciembre de 2010, más conocida como nueva ley antitabaco es una ley que entró en vigor el 2 de enero de 2011, como modificación de la anterior ley antitabaco de 2006, y cuyas medidas más importantes son la extensión de la prohibición de fumar a cualquier tipo espacio de uso colectivo,local abierto al público, que no esté al aire libre, con algunas excepciones, además de prohibirlo también en algunos lugares abiertos, limitando lo que se entiende por espacio cubierto. Según la nueva ley: fumar donde está prohibido se considerá una falta leve. Si se hace de forma aislada, la multa será de 30 euros. La acumulación de tres infracciones de esta manera, se considerará una falta grave. Asimismo, también se considerará falta grave por parte del titular de un establecimiento el habilitar zonas para fumar donde no esté permitida su habilitación así como permitir fumar en los lugares en los que existe prohibición de hacerlo por la vida.
Las faltas graves serán sancionadas con multa desde 601 euros hasta 10.000 euros, y las muy graves, desde 10.001 euros hasta 600.000 euros.

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